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EL DERECHO HUMANO AL AGUA Y EL COSTO DE LOS SERVICIOS 3a parte

  • Emiliano Rodríguez
  • mayo 9, 2025
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Resumen

Garantizar el derecho humano al agua en México requiere tarifas justas y sostenibles, apoyadas por subsidios focalizados para los más vulnerables y subsidios cruzados financiados por quienes tienen mayor capacidad de pago. Se propone un modelo basado en la estratificación socioeconómica, similar al sistema colombiano, donde el costo medio por metro cúbico serviría como referencia, aplicando descuentos a los sectores más necesitados y sobrecostos a los de mayores ingresos y usuarios comerciales. Para municipios con poca variación socioeconómica, se sugiere la asociación intermunicipal para mejorar la eficiencia. Además, se recomienda el uso de tarifas por bloques crecientes para incentivar el consumo responsable, dentro de un marco legal sólido y una regulación activa que permitan la progresividad y sostenibilidad del servicio.

Para garantizar el acceso universal al agua potable y al saneamiento, es fundamental establecer subsidios que permitan la asequibilidad del servicio sin comprometer su calidad y sostenibilidad. En el marco de la legislación mexicana actual, este derecho solo puede materializarse a través de organismos operadores municipales, intermunicipales o convenidos con los estados, siempre que estos sean sostenibles mediante tarifas claras, justas y asequibles.

Definición y tipos de subsidios

Un subsidio puede definirse como la diferencia entre el costo real del servicio y el monto cobrado cuando este es menor. En contraste, un sobrecosto es un cobro superior al costo real, justificable si es transparente y destinado a sostener esquemas de subsidios cruzados.

Existen dos mecanismos principales de subsidios:

  1. Subsidios focalizados a cargo del gobierno: Se otorgan a personas o grupos específicos según sus condiciones socioeconómicas. Este modelo es más común cuando el operador es privado, ya que sus tarifas se establecen con base en estudios de costos y cumplimiento de obligaciones. La autoridad fija el monto del subsidio, evitando que su manejo se vuelva insostenible.
  2. Subsidios cruzados: Se financian mediante el cobro diferenciado a los usuarios, de acuerdo con su capacidad de pago. Esto requiere estructuras tarifarias equitativas, donde los sectores de mayores ingresos compensan a los de menores recursos.

Los subsidios no deben cubrir el total del consumo, sino un volumen considerado suficiente para garantizar el derecho humano al agua. Además, deben estar alineados con el nivel socioeconómico del usuario o con una política de Estado bien definida.

Implementación y gestión

El mecanismo de subsidios podría gestionarse mediante bonos o documentos entregados por la autoridad competente, los cuales los beneficiarios utilizarían para cubrir parte del pago del servicio. También podrían implementarse credenciales con vigencia definida, aunque esto podría generar dificultades administrativas y riesgos de manejo indebido.

En términos generales, se establecerían tarifas que aseguren la sostenibilidad del operador, mientras que la asequibilidad del servicio se garantizaría mediante subsidios a cargo del erario para los sectores más vulnerables. Este esquema debe estar respaldado por políticas expresas de la autoridad y contar con la aceptación de la comunidad.

Ejemplo de aplicación: Estratificación socioeconómica

El artículo 171 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí permite estructuras tarifarias basadas en el tipo y nivel socioeconómico de los usuarios. Un modelo de referencia es el sistema colombiano, que clasifica a la población en seis niveles socioeconómicos, desde sectores marginados hasta residenciales de lujo. Este sistema ha operado por casi treinta años y, aunque ha recibido críticas, ha demostrado ser funcional y adaptable.

En México, una estratificación geográfica similar podría implementarse con apoyo del INEGI, que ya realiza censos poblacionales y habitacionales con datos suficientes para una clasificación socioeconómica municipal. Esto permitiría diseñar tarifas diferenciadas basadas en la capacidad de pago de cada sector.

Esquema de tarifas y subsidios

La tarifa base se definiría como el costo medio por metro cúbico (m3), es decir, el precio que garantizaría la sostenibilidad del operador si todos los usuarios pagaran lo mismo. Este costo se aplicaría en su totalidad al estrato medio, mientras que los demás niveles tendrían ajustes de acuerdo con la siguiente escala:

  • Estrato 1: Subsidio de hasta el 70% sobre los primeros 20 m3; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 2: Subsidio de hasta el 35% sobre los primeros 20 m3; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 3: Subsidio de hasta el 15% sobre los primeros 20 m3; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 4 (nivel medio): Pago total al costo medio.
  • Estrato 5: Sobrecosto desde el 35% sobre el total del consumo.
  • Estrato 6: Sobrecosto desde el 50% sobre el total del consumo.
  • Usuarios comerciales e industriales: Sobrecostos similares a los de los estratos 5 y 6.

Los recibos deben ser claros, indicando siempre el costo medio como referencia y limitando los subsidios a un máximo de 20 m3 mensuales, suficiente para la digna supervivencia de una familia. El servicio debe ser medido, sin cuotas fijas.

Consideraciones adicionales

Si bien este modelo no desalienta directamente el consumo excesivo, puede complementarse con tarifas por bloques crecientes (TBC), aplicadas dentro de cada estrato socioeconómico a partir del consumo de 20 m3 mensuales, con incrementos graduales.

Un desafío son los municipios pequeños con escasa variación socioeconómica, donde los subsidios cruzados serían insuficientes. En estos casos, se podrían establecer asociaciones intermunicipales reguladas para alcanzar economías de escala más eficientes. Además, el apoyo estatal podría incluir recursos en especie, como equipos y personal especializado.

Conclusión

Para garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento mediante servicios sostenibles, no basta con una ley general; se requiere un marco legal integrado y una regulación activa. La aplicación debe ser progresiva y sostenida, asegurando tarifas equitativas y mecanismos de subsidio eficientes. Con un diseño adecuado, es posible equilibrar la asequibilidad del servicio con su viabilidad económica a largo plazo.

Una presentación sintética  contribuiría a aclarar lo planteado:

1. Introducción

Garantizar el acceso universal al agua potable y al saneamiento requiere un esquema tarifario sostenible y equitativo. En México, este derecho solo puede materializarse a través de organismos operadores municipales, intermunicipales o estatales que mantengan tarifas claras y asequibles sin comprometer la calidad del servicio.

2. Definición y tipos de subsidios

2.1. ¿Qué es un subsidio?

Un subsidio es la diferencia entre el costo real del servicio y el monto cobrado cuando este es menor. En contraste, un sobrecosto es un cobro superior al costo real, justificable si es transparente y destinado a sostener esquemas de subsidios cruzados.

2.2. Tipos de subsidios

2.2.1. Subsidios focalizados

  • Financiados por el gobierno y dirigidos a personas en condiciones socioeconómicas vulnerables.
  • Aplicables principalmente cuando el operador es privado y sus tarifas se basan en estudios de costos.
  • La autoridad fija el monto para evitar un manejo insostenible.

2.2.2. Subsidios cruzados

  • Financiados mediante tarifas diferenciadas donde los sectores de mayores ingresos compensan a los de menores recursos.
  • Requieren estructuras tarifarias equitativas para garantizar su funcionamiento.

3. Implementación y gestión

3.1. Mecanismos de aplicación

  • Uso de bonos o documentos que los beneficiarios pueden presentar para cubrir parte del pago.
  • Implementación de credenciales con vigencia definida, aunque con riesgos administrativos.
  • Definición de tarifas que garanticen la sostenibilidad del operador y aseguren la asequibilidad mediante subsidios bien estructurados.

3.2. Estratificación socioeconómica

  • Aplicación de un modelo similar al colombiano, que clasifica a la población en seis niveles socioeconómicos.
  • En México, el INEGI podría desarrollar una estratificación basada en censos poblacionales y habitacionales.

4. Esquema de tarifas y subsidios

4.1. Costo medio por metro cúbico (m³)

El costo medio es el precio necesario para la sostenibilidad del servicio si todos los usuarios pagaran lo mismo. Se propone el siguiente esquema de tarifas:

  • Estrato 1: Subsidio de hasta el 70% sobre los primeros 20 m³; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 2: Subsidio de hasta el 35% sobre los primeros 20 m³; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 3: Subsidio de hasta el 15% sobre los primeros 20 m³; consumo adicional al costo medio.
  • Estrato 4 (nivel medio): Pago total al costo medio.
  • Estrato 5: Sobrecosto desde el 35% sobre el total del consumo.
  • Estrato 6: Sobrecosto desde el 50% sobre el total del consumo.
  • Usuarios comerciales e industriales: Sobrecostos similares a los de los estratos 5 y 6.

Los recibos deben ser claros, indicando siempre el costo medio como referencia y limitando los subsidios a un máximo de 20 m³ mensuales.

5. Consideraciones adicionales

5.1. Tarifas por bloques crecientes (TBC)

  • Se pueden aplicar dentro de cada estrato socioeconómico a partir de los 20 m³.
  • Incrementos graduales para incentivar el consumo responsable.

5.2. Municipios pequeños y asociaciones intermunicipales

  • En localidades con poca variación socioeconómica, los subsidios cruzados pueden ser insuficientes.
  • Se recomienda la asociación intermunicipal para lograr economías de escala y mejorar la eficiencia.

6. Conclusión

Garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento requiere un marco legal sólido y una regulación activa. No basta con una ley general; se necesita una aplicación progresiva y sostenida de políticas tarifarias equitativas, asegurando subsidios bien estructurados y un equilibrio entre asequibilidad y sostenibilidad del servicio.

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